Habiéndose
reunido en Teherán del 22 de abril al 13 de mayo de 1968, para examinar los
progresos logrados en los veinte años transcurridos desde la aprobación de la
Declaración Universal de Derechos Humanos y preparar un programa para el
futuro,
Habiendo
examinado los problemas relacionados con las actividades de las Naciones
Unidas para promover y alentar el respeto a los derechos humanos y a las
libertades fundamentales,
Teniendo
presentes las resoluciones aprobadas por la Conferencia,
Tomando nota de
que la observancia del Año Internacional de los Derechos Humanos coincide con
un momento en que el mundo experimenta un cambio sin precedentes,
Teniendo en
cuenta las nuevas oportunidades que ofrece el rápido progreso de la ciencia y
la tecnología,
Estimando que,
cuando en tantas partes del mundo prevalecen los conflictos y la violencia,
son más que nunca necesarias la solidaridad y la interdependencia del género
humano,
Consciente de que
la paz constituye la aspiración universal de la humanidad, y que para la
realización plena de los derechos humanos y las libertades fundamentales son
indispensables la paz y la justicia,
1. Es
indispensable que la comunidad internacional cumpla su solemne obligación de
fomentar y alentar el respeto a los derechos humanos y a las libertades
fundamentales para todos, sin distinción alguna por motivos de raza, color,
sexo, idioma, religión u opiniones políticas o de cualquier otra
índole;
2. La Declaración
Universal de Derechos Humanos enuncia una concepción común a todos los pueblos
de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia
humana y la declara obligatoria para la comunidad internacional;
3. El Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Declaración sobre la concesión
de la independencia a los países y pueblos coloniales, la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
Racial, así como otras convenciones y declaraciones en materia de derechos
humanos, aprobadas bajo los auspicios de las Naciones Unidas, los organismos
especializados y las organizaciones intergubernamentales regionales, han
establecido nuevas normas y obligaciones que todas las naciones deben
aceptar;
4. Desde que se
aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos, las Naciones Unidas han
logrado sustanciales progresos en la definición de normas para el goce y
protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Durante
este período se han aprobado muchos instrumentos internacionales de
importancia. Pero aún queda mucho por hacer en la esfera de la aplicación de
estos derechos y libertades;
5. Las Naciones
Unidas se han fijado como objetivo primordial en materia de derechos humanos
que la humanidad goce de la máxima libertad y dignidad. Para que pueda
alcanzarse este objetivo, es preciso que las leyes de todos los países
reconozcan a cada ciudadano, sea cual fuere su raza, idioma, religión o credo
político, la libertad de expresión, de información, de conciencia y de
religión, así como el derecho a participar plenamente en la vida política,
económica, social y cultural de su país;
6. Los Estados
deben reafirmar su firme propósito de aplicar de modo efectivo los principios
consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y en otros instrumentos
internacionales en relación con los derechos humanos y las libertades
fundamentales;
7. La comunidad
internacional se siente profundamente preocupada ante la notoria denegación de
los derechos humanos que emana de la repulsiva política de apartheid. Esta
política, condenada como un crimen de lesa humanidad, sigue trastornando
profundamente la paz y la seguridad internacionales. Es imperativo, por tanto,
que la comunidad internacional emplee todos los medios a su alcance para
desterrar ese mal. La lucha contra el apartheid se reconoce como
legítima;
8. Es preciso
lograr que los pueblos del mundo se den cuenta cabal de los males de la
discriminación racial y se unan para combatirlos. La aplicación de este
principio de no discriminación, consagrado en la Carta de las Naciones Unidas,
la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos
internacionales en materia de derechos humanos, constituye una tarea
urgentísima de la humanidad, tanto en el plano internacional como en el
nacional. Todas las ideologías basadas en la superioridad racial y en la
intolerancia deben ser condenadas y combatidas;
9. Ocho años
después de que la Asamblea General aprobó la Declaración sobre la concesión de
la independencia a los países y pueblos coloniales, los problemas del
colonialismo siguen preocupando a la comunidad internacional. Es urgente tomar
medidas eficaces para asegurar el cumplimiento cabal de las disposiciones de
la Declaración en todas partes;
10. La denegación
general de los derechos humanos que acarrean los actos de agresión produce
indecibles sufrimientos humanos y provoca reacciones que podrían sumir al
mundo en conflictos cada vez mayores. Es obligación de la comunidad
internacional cooperar para erradicar tales azotes;
11. La notoria
denegación de los derechos humanos derivada de la discriminación por motivos
de raza, religión, creencia o expresión de opiniones ofende a la conciencia de
la humanidad y pone en peligro los fundamentos de la libertad, de la justicia
y de la paz en el mundo;
12. La creciente
disparidad entre los países económicamente desarrollados y los países en
desarrollo impide la realización de los derechos humanos en la comunidad
internacional. Dado que el Decenio para el Desarrollo no ha alcanzado sus
modestos objetivos, resulta aún más necesario que cada país, en particular los
países desarrollados, procure por todos los medios eliminar esa
disparidad;
13. Como los
derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles, la
realización de los derechos civiles y políticos sin el goce de los derechos
económicos, sociales y culturales resulta imposible. La consecución de un
progreso duradero en la aplicación de los derechos humanos depende de unas
buenas y eficaces políticas nacionales e internacionales de desarrollo
económico y social;
14. La existencia
de más de 700 millones de analfabetos en el mundo es el tremendo obstáculo con
que tropiezan todos los esfuerzos encaminados a lograr que se cumplan los
propósitos y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y las disposiciones
de la Declaración Universal de Derechos Humanos. La acción internacional para
erradicar el analfabetismo en todo el mundo y promover la educación en todos
los niveles exige atención urgente;
15. La
discriminación de que sigue siendo aún víctima la mujer en distintas regiones
del mundo debe ser eliminada. El hecho de que la mujer no goce de los mismos
derechos que el hombre es contrario a la Carta de las Naciones Unidas y a las
disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos. La aplicación
cabal de la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la
mujer es una necesidad para el progreso de la humanidad;
16. La comunidad
internacional debe seguir velando por la familia y el niño. Los padres tienen
el derecho humano fundamental de determinar libremente el número de sus hijos
y los intervalos entre los nacimientos;
17. Las
aspiraciones de la joven generación a un mundo mejor, en que se ejerzan
plenamente los derechos humanos y las libertades fundamentales, deben ser
alentadas en grado sumo. Es imperativo que los jóvenes participen en la
determinación del futuro de la humanidad;
18. Si bien los
recientes descubrimientos científicos y adelantos tecnológicos han abierto
amplias perspectivas para el progreso económico, social y cultural, esta
evolución puede, sin embargo, comprometer los derechos y las libertades de los
individuos y por ello requerirá una atención permanente;
19. El desarme
liberará inmensos recursos humanos y materiales que hoy día se destinan a
fines militares. Estos recursos deberán utilizarse para promover los derechos
humanos y las libertades fundamentales. El desarme general y completo
constituye una de las aspiraciones más elevadas de todos los pueblos;
Por
consiguiente,